La DIAN ha emitido la Resolución 004285 de 2026, una normativa que trae importantes cambios en la declaración y liquidación del impuesto al patrimonio para personas jurídicas en Colombia. Esta resolución introduce un nuevo formulario, establece sujetos pasivos específicos, define la base gravable y fija tarifas diferenciadas según el sector económico.
Nuevo Formulario 425: Declaración Electrónica Obligatoria
Con esta resolución, se crea el Formulario 425, que debe ser presentado exclusivamente de manera virtual a través de los servicios informáticos de la DIAN, utilizando firma electrónica. Este formulario es obligatorio para personas jurídicas, sociedades de hecho y sucursales de entidades extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos.
Sujetos Pasivos y Exclusiones
Se incluyen como sujetos pasivos a las personas jurídicas nacionales, sociedades de hecho y establecimientos permanentes de entidades extranjeras. Sin embargo, quedan excluidas ciertas empresas, como las del sector salud, las intervenidas por el Estado y las de servicios públicos domiciliarios en municipios afectados por la emergencia económica.
Hecho Generador y Base Gravable
El impuesto se aplica sobre el patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT, tomando como fecha de referencia el 1 de marzo de 2026 para personas jurídicas nacionales y el 31 de marzo de 2026 para sucursales extranjeras. La base gravable corresponde al patrimonio bruto menos los pasivos, con exclusiones específicas como acciones en sociedades nacionales, activos fijos ambientales, reservas técnicas y aportes sociales.
Tarifas Diferenciadas y Liquidación Automática
La tarifa general del impuesto es del 0,5%, mientras que sectores estratégicos como el financiero, asegurador, extractivo y bolsas de valores deben aplicar una tarifa especial del 1,6%. El formulario calcula automáticamente el impuesto, descuentos por convenios internacionales, sanciones y el total a pagar.
Impacto Empresarial y Recomendaciones
Esta resolución amplía el alcance del impuesto al incluir sociedades y sucursales extranjeras, introduce una mayor digitalización con la presentación electrónica obligatoria y establece tarifas diferenciadas que afectan a sectores clave. Se recomienda a las empresas revisar sus patrimonios líquidos en las fechas señaladas, identificar exclusiones aplicables y preparar la presentación electrónica con firma digital para cumplir con la normativa.

